domingo, 21 de febrero de 2021

MEDIDAS COERCITIVAS UNILATERALES: A CONFESIÓN DE PARTE

 

 


Luis Britto García

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Nos visita Alena Douhan, Relatora Especial de la ONU sobre “la Repercusión Negativa de las Medidas Coercitivas  Unilaterales en el disfrute de los Derechos Humanos en Venezuela”. Dirigimos a la Relatora pormenorizada respuesta a su cuestionario, que puede ser leída en el blog https://redhvenezuela.blogspot.com. Pero igualmente le recomendamos, así como a todo humano consciente, el examen del documento “Additional Tracking Could Aid Treasury’s Efforts to Mitigate Any Adverse Impacts U.S. Sanctions Might Have on Humanitarian Assistance”, emanado de la “United States Government Accountability Office (GAO)”.


 

2

El texto de la GAO  contiene la confesión palmaria de que Estados Unidos mantiene una política ilegal, constante, premeditada, ensañada y alevosa de destrucción de la economía de Venezuela y de los Derechos Humanos de sus pobladores mediante las medidas coercitivas unilaterales mal llamadas  “sanciones”. Así, la GAO admite que:” El desempeño de la economía venezolana ha declinado continuamente por casi una  década y caído abruptamente desde la imposición de una serie de sanciones por Estados Unidos que se  iniciaron en 2015. Por ejemplo, la economía declinó desde un decrecimiento del 6.2 % en su producto interno Bruto en 2015 a un decrecimiento de 35 % en 2019 y un decrecimiento de 25 % en 2020. Las sanciones, en particular las impuestas a la empresa petrolera estatal en 2019, seguramente contribuyeron a un declive todavía más pronunciado de la economía venezolana, fundamentalmente al limitar los ingresos de la producción petrolera”. Es el propio gobierno de Estados Unidos quien establece la relación de causalidad entre las mal llamadas “sanciones” y la destrucción de nuestra economía.

3

Como en toda confesión de un crimen, la GAO aduce circunstancias atenuantes:“La Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y el Departamento de Estado, han solicitado informes de organizaciones humanitarias financiadas por Estados Unidos sobre los desafíos que encaran, incluido el efecto de las sanciones. El Departamento del Tesoro de Estados Unidos (Treasure) y el Departamento de Estado (State), han dado pasos también para mitigar las consecuencias negativas”. Entre estadounidenses te veas. La USAID, el Department of State, el Department  of the Treasure y ONGs financiadas por Estados Unidos infligen medidas coercitivas unilaterales que llaman sanciones, miden los resultados e intentan “mitigar las consecuencias negativas”. ¿Pero acaso se imponen medidas coercitivas para lograr consecuencias positivas? ¿Y si tan sincera es su preocupación por los efectos negativos de ellas  ¿Por qué no las suspenden?


 

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Hablar de declives en la economía interna provocados por fuerzas externas suena muy abstracto, pero tiene efectos concretos en los Derechos Humanos de la población víctima. Citamos las afirmaciones  de la GAO, algunas controvertibles, pero  que revelan  su percepción de la realidad: “De acuerdo a una reciente encuesta doméstica por una universidad venezolana un estimado 96% de la población venezolana vivía en la pobreza en 2019.  Adicionalmente, una afirmación del Programa de Alimentos para el Mundo de la ONU, estimó que más de 9 millones de venezolanos, aproximadamente   la  tercera parte de la población, carecían de acceso confiable a una cantidad suficiente de alimentos nutritivos”. Sería un  abrupto cambio desde 2015, cuando nuestros indicadores señalaban sólo un 4,7% de pobreza extrema. Como para llenar de orgullo a Estados Unidos y a la oposición que le obedece el haber supuestamente incrementado en menos de un quinquenio en 91,3% la pobreza de los venezolanos.  

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La excusa para  medidas  tan criminales  consistiría en  que “Maduro se declaró victorioso en una elección Presidencial que la Asamblea Nacional Venezolana, así como muchos observadores externos, consideraron como no libre y fraudulenta”. Pero esa Asamblea Nacional no tiene atribuciones para invalidar elecciones, aparte de que fue electa en comicios regidos por el mismo Consejo Supremo Electoral y con el mismo procedimiento con que fue elegido el Presidente Maduro. De ser “no libre y fraudulenta” la elección del Presidente, también lo sería la de la Asamblea.  Por otra parte, ¿Qué leyes,  qué normas, qué competencias facultan a anónimos “observadores externos” o al gobierno de Estados Unidos para calificar, validar o invalidar lo que ocurre en otro país,  y a adoptar arrasadoras medidas coercitivas que, en sus propias palabras, acarrearían que el 96% de los habitantes de éste cayera en la pobreza y que la tercera parte de ellos no tuviera acceso a alimentos? Añadamos que  el Informe de la GAO, a pesar de que afirma que “Estados Unidos reconoció al Presidente Interino Guaidó como el líder legítimo de Venezuela el 23 de enero de 2019”, siempre habla del “Gobierno de Maduro”, reconociendo que ejerce el Gobierno efectivo, real y operativo del país.   


 

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No  se cansa la GAO  de enumerar los resultados nefastos de las medidas coercitivas. Según ella, ”Más de cinco millones de ciudadanos, cerca del 17% de la población, han huído del país  para buscar  alivio de la crisis en otro sitio, según la Plataforma de la Coordinación  entre Agencias para Refugiados y Migrantes”. La noticia es falsa: ni el CIA Factbook ni el Index Mundi registran tales impactos migratorios en los países vecinos. “En 2020, la ONU esperaba asistir a 7 millones de venezolanos necesitados de ayuda humanitaria en el país”. ”Desde 2010 hasta 2015,  la tasa de desempleo se había estabilizado en promedio en un 7,7%, pero desde 2015 a 2018,  se elevó desde 7.4% a 35%”. La GAO no ofrece ninguna fuente confiable que pruebe el  mencionado incremento y reconoce que está fundado en “estimaciones propias”; pero si éste tuviera tal magnitud y se debiera a las medidas coercitivas ¿Por qué no suspenderlas? La respuesta es sencilla: se somete al pueblo venezolano a un castigo brutal, para que éste a su vez cambie de gobierno. Es pura y  simple extorsión o, como confesó Barak Obama, “torcerle el brazo” a todo un país.


 

 

TEXTO/FOTOS: LUIS BRITTO

CONSULTE TAMBIÉN:

http://luisbrittogarcia.blogspot.com

https://redhvenezuela.blogspot.com/

sábado, 13 de febrero de 2021

RELATORA PIDE A ESTADOS UNIDOS Y LA UNION EUROPEA QUE LEVANTEN LAS SANCIONES A VENEZUELA POR EL DEVASTADOR EFECTO EN LA POBLACIÓN

 


PAHO/Karen González
Venezolanos que regresan a su país reciben orientación para protegerse del COVID.
12 Febrero 2021

El impacto de las sanciones afecta especialmente, pero no solo, a las personas en extrema pobreza, las mujeres, los niños, los trabajadores médicos, las personas con discapacidades o enfermedades crónicas y las poblaciones indígenas, aseguró la experta en derechos humanos al concluir una visita al país sudamericano.

La relatora* especial de la ONU sobre medidas coercitivas unilaterales y derechos humanos, Alena Douhan, ha instado este viernes a Estados Unidos, la Unión Europea y otros Estados a retirar las sanciones unilaterales impuestas contra Venezuela.

Al final de una visita de dos semanas al país, Douhan señala en sus conclusiones preliminares que “las sanciones han exacerbado las calamidades preexistentes”.

Además, han tenido como resultado una crisis económica, humanitaria y de desarrollo, con un efecto devastador en toda la población de Venezuela, especialmente pero no solo en las personas que viven en la extrema pobreza, las mujeres, los niños, los trabajadores médicos, las personas con discapacidades o enfermedades crónicas y las poblaciones indígenas.

“El efecto devastador de las sanciones impuestas se multiplica por la extraterritorialidad y el sobrecumplimiento que afectan negativamente a los sectores público y privado, a los ciudadanos venezolanos, a las organizaciones no gubernamentales y a las empresas de terceros países”, dijo Douhan, agregando que “las exenciones humanitarias son largas, costosas, ineficientes e ineficaces”, señala la experta.

“La falta de maquinaria, repuestos, electricidad, agua, combustible, gasolina, alimentos y medicinas, la creciente insuficiencia de trabajadores calificados, muchos de los cuales han abandonado el país en busca de mejores oportunidades económicas, en particular personal médico, ingenieros, maestros, profesores, jueces y policías, todo ello tiene un impacto enorme en todas las categorías de derechos humanos, incluidos los derechos a la vida, a la alimentación, a la salud y al desarrollo”, explica la relatora.

“Debido a la complejidad de la situación, busqué encontrarme con la más amplia variedad de personas para escuchar su experiencia y sus conocimientos. Me reuní con funcionarios gubernamentales, diplomáticos, agencias internacionales, líderes de la oposición, organizaciones no gubernamentales, abogados, médicos, maestros, académicos, víctimas de violaciones de derechos humanos, representantes de empresas privadas y de la iglesia, así como gente común”, informó Douhan.

© Rehabilitarte/Albanis Oliva
Una coordinadora de una ONG local ayuda a poblaciones en Venezuela en medio de la pandemia de COVID-19.

Las sanciones más severas de Estados Unidos

Las sanciones se impusieron por primera vez contra Venezuela en 2005 y se han reforzado severamente desde 2015, siendo las más severas las impuestas por Estados Unidos.

Una ley estadounidense de 2014 dio lugar a sanciones contra funcionarios venezolanos acusados, entre otras cosas, de reprimir violentamente las protestas, perseguir a los opositores políticos, restringir la libertad de prensa y la corrupción. En 2015, Estados Unidos declaró la situación de Venezuela como una emergencia nacional que amenazaba la seguridad y la política exterior.

En 2017, ese mismo país impuso sanciones contra el Gobierno y sus entidades, incluida Petróleos de Venezuela (PDVSA), bloqueando sus transacciones y acceso a los mercados financieros estadounidenses. En 2018, después de las elecciones presidenciales venezolanas, endureció sus sanciones, citando mala gestión económica, corrupción, represión de opositores políticos y esfuerzos por socavar la democracia.

La relatora hizo un llamado a los países para que observen los principios y normas del derecho internacional y les recordó que las preocupaciones humanitarias siempre deben tenerse en cuenta con la debida observancia al respeto mutuo, la solidaridad, la cooperación y el multilateralismo.

La relatora especial ha tomado nota de la decisión del Gobierno de los Estados Unidos del 21 de enero de 2020 de revisar las sanciones para minimizar el impacto humanitario de la pandemia, y de otra decisión tomada por el nuevo Ejecutivo del 2 de febrero de 2021 para aliviar las sanciones que afectan el funcionamiento de las operaciones ordinarias en los puertos y aeropuertos venezolanos.

No obstante, Douhan recordó que “las medidas unilaterales solo son legales si están autorizadas por el Consejo de Seguridad de la ONU, o se utilizan como contramedidas, o no violan ninguna obligación de los Estados, y no violan los derechos humanos fundamentales”.

Por su parte, la Unión Europea impuso sanciones contra Venezuela en 2017, que incluían un embargo de armas, una prohibición a las exportaciones de bienes que podrían usarse para la represión interna, una prohibición a las exportaciones de tecnología y material fabricado para el monitoreo o interceptación de telecomunicaciones, y prohibiciones de viaje y el bloqueo de los activos de personas cuyas acciones sean consideradas por este bloque como encaminadas para socavar la democracia, el estado de derecho y el respeto de los derechos humanos.

Otros países, como Canadá, México, Suiza, Panamá y los 14 integrantes del llamado Grupo de Lima han impuesto algún tipo de sanción o restricciones a Venezuela.

OCHA/Gemma Cortes
Dioximar Guevara vive con sus cinco hijos en San Félix, un barrio pobre de Puerto Ordaz, la principal ciudad de Bolívar, Venezuela.

Impacto sobre el disfrute de los derechos humanos

La relatora observa con preocupación que las sanciones sectoriales a las industrias del petróleo, el oro y la minería, el bloqueo económico de Venezuela y el congelamiento de los activos del Banco Central han exacerbado las calamidades económicas y humanitarias preexistentes al impedir la obtención de ingresos y el uso de recursos para desarrollar y mantener la infraestructura para los programas de apoyo social, lo que tiene un efecto devastador en toda la población de Venezuela.

La experta observa con preocupación que la ausencia de recursos y la renuencia de los socios extranjeros, los bancos y las empresas de mensajería para tratar con socios venezolanos resulta en la imposibilidad de comprar los equipos médicos y tecnológicos necesarios, reactivos y repuestos para la reparación y mantenimiento de la electricidad, el gas, el agua, el transporte público, la telefonía y los sistemas de comunicación, las escuelas, los hospitales, las casas y otras instituciones públicas, socavando así el disfrute de muchos derechos humanos, incluido el derecho a una vida digna.

A pesar de la revisión periódica y el aumento de los salarios en Venezuela, el salario promedio del sector público se estima en dos o tres dólares por mes, lo que cubre menos del 1% de la canasta básica de alimentos, colocando alrededor del 90% de la población en el nivel de pobreza extrema y haciendo que las personas dependan cada vez más del apoyo social del Gobierno, así como ayuda humanitaria exterior.

Douhan observa que esto aumenta el nivel de migración, facilita la participación de las personas en la economía sumergida, afectando de primera mano a especialistas de alto nivel del sector público, incluidos médicos, enfermeras, profesores, profesores universitarios, ingenieros, policías, jueces, técnicos y muchos otros, violando sus derechos económicos, incluidos los derechos al trabajo, al trabajo decente, a la seguridad social, incluido el seguro social, y a un nivel de vida adecuado.

La migración masiva en ausencia de un transporte asequible pone en peligro la vida de los migrantes e impone cargas adicionales a los países receptores.

A la relatora, también le preocupa, entre otros aspectos sanitarios, que la falta de médicos y enfermeras y de suficientes medicamentos, equipo médico, repuestos, actualizaciones de software relevantes, vacunas, pruebas, reactivos y anticonceptivos inicialmente cubiertos en su mayoría por el Gobierno, resulte en la violación del derecho a la salud.

Otro motivo de preocupación es la falta de gasolina, con el consiguiente aumento de los precios del transporte, ya que viola la libertad de circulación, impide el acceso a hospitales, escuelas y otros servicios públicos, agrava los desafíos en la entrega y distribución de alimentos y suministros médicos, especialmente en zonas remotas del país, afectando, entre otras cosas, a la población indígena, y provoca retrasos en los servicios públicos, incluida la justicia penal y civil.

Además, subraya que los bajos salarios, la ausencia o insuficiencia de útiles escolares, uniformes escolares y alimentación en la escuela, que solía ser proporcionada por el Gobierno, los problemas de transporte, la falta de electricidad y la reducción de la cobertura de Internet y telefonía móvil ponen en peligro el ejercicio del derecho a la educación.

Las razones anteriores, así como la imposibilidad reportada de utilizar recursos en línea con direcciones IP venezolanas, afectan el acceso a la información y la libertad de expresión.

OCHA / Gemma Cortes
Niños en un comedor escolar en Venezuela

Recomendaciones

Entre sus recomendaciones, la experta en derechos humanos destaca que las preocupaciones humanitarias siempre deben prevalecer sobre las políticas y que las medidas unilaterales solo pueden tomarse teniendo debidamente en cuenta el estado de derecho, las normas de derechos humanos, el derecho de los refugiados y el derecho humanitario.

Además, deben cumplir con las obligaciones legales internacionales de los Estados; y sólo puede aplicarse en el curso de contramedidas internacionalmente legales.

La relatora recuerda que se realizarán evaluaciones preliminares y continuas del impacto humanitario en el curso de cualquier actividad unilateral, ya que ninguna buena intención justifica la violación de los derechos humanos fundamentales como “daño colateral”.

Douhan subraya la inadmisibilidad de aplicar sanciones extraterritorialmente e insta al Gobierno de los Estados Unidos a poner fin a la emergencia nacional sobre Venezuela, revisar y levantar las sanciones sectoriales contra el sector público venezolano, revisar y levantar las sanciones secundarias contra terceros Estados y abstenerse de imponer sanciones a suministros de diésel que provocarían una crisis humanitaria de proporciones sin precedentes.

También insta a todos los Estados a revisar y levantar las sanciones selectivas de conformidad con los principios del derecho internacional, el estado de derecho, los derechos humanos y el derecho de los refugiados, para garantizar la posibilidad de que los funcionarios estatales de Venezuela representen al Estado sobre la base de la principio de igualdad soberana de los estados, y garantizar los derechos de las personas afectadas a la presunción de inocencia, garantías procesales, acceso a la justicia y otros derechos fundamentales.

En concreto, pide a los Gobiernos del Reino Unido, Portugal y Estados Unidos y los bancos correspondientes a descongelar activos del Banco Central de Venezuela para la compra de medicamentos, vacunas, alimentos, equipos médicos y de otro tipo, repuestos y otros bienes esenciales para garantizar las necesidades humanitarias. del pueblo de Venezuela y la restauración de los servicios públicos a través y bajo el control del PNUD y otras agencias de la ONU.

OCHA/Gemma Cortes
La situación humanitaria en Venezuela continúa deteriorándose

Recomendaciones van dirigidas al Gobierno de Venezuela

Si bien reconoce el efecto devastador de las sanciones unilaterales sobre el amplio alcance de los derechos humanos, especialmente el derecho a la alimentación, el derecho a la salud, el derecho a la vida, el derecho a la educación y el derecho al desarrollo, la relatora llama al Gobierno de Venezuela y a la Oficina de Alto Comisionado para los Derechos Humanos para implementar plenamente el acuerdo de cooperación firmado entre ellos, fortalecer la presencia de la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos en el terreno y organizar visitas de los procedimientos especiales pertinentes al país.

También insta al Gobierno de Venezuela, al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, a otras agencias de la ONU y a la Oficina de Derechos Humanos  en Venezuela a negociar un acuerdo para garantizar la distribución transparente, justa y no discriminatoria de bienes esenciales y la ayuda humanitaria bajo el control de instituciones internacionales para que se haga con independencia de la raza, género, nacionalidad, edad, creencias religiosas u opiniones políticas, teniendo debidamente en cuenta los grupos con necesidades especiales.

Finalmente pide al Gobierno de Venezuela, en colaboración con las agencias de la ONU en Venezuela, a terminar de redactar una legislación clara y no discriminatoria que habilite y facilite el trabajo humanitario de las ONG internacionales y nacionales en Venezuela, y garantice la seguridad e integridad de su personal.

Al mismo tiempo, recuerda la obligación de las ONG humanitarias de cumplir con estándares de actividad puramente humanitaria.

La relatora tiene previsto publicar un informe completo sobre su misión en septiembre de 2021.

*Los Relatores Especiales forman parte de los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Los Procedimientos Especiales, el mayor órgano de expertos independientes en el sistema de la ONU para los Derechos Humanos, es el nombre general de los mecanismos independientes de investigación y monitoreo establecidos por el Consejo para hacer frente a situaciones concretas en países o a cuestiones temáticas en todo el mundo. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de manera voluntaria; no son personal de la ONU y no perciben un salario por su trabajo. Son independientes de cualquier gobierno u organización y actúan a título individual.

 

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martes, 9 de febrero de 2021

RESPUESTAS AL CUESTIONARIO DE LA RELATORA ESPECIAL DE LA ONU SOBRE EL IMPACTO DE LAS MEDIDAS COERCITIVAS UNILATERALES CONTRA VENEZUELA

 

Caracas, 17 de enero de 2021

 

Alena Douhan

Relatora Especial sobre la Repercusión Negativa de las Medidas Coercitivas  Unilaterales en el disfrute de los Derechos Humanos

Su despacho.-

    Muy apreciada amiga:

    Nosotros, la Red de Intelectuales, Artistas y Movimientos Sociales, Capítulo Venezuela, Movimiento Social vinculado a la Red en Defensa de la Humanidad, por vía de nuestro Coordinador, Luis Britto García, tenemos el agrado de dirigirnos a usted en la ocasión de dar respuesta al cuestionario presentado por usted, con ocasión a su visita oficial a la República Bolivariana de Venezuela, en tal sentido le expresamos:

 

1. ¿Qué derechos humanos específicos se ven afectados por las sanciones

unilaterales aplicadas a Venezuela?

 -Las medidas coercitivas unilaterales infligidas a la República Bolivariana de Venezuela, como conjunto de estrategias, operativos y agresiones dirigidas a forzar un cambio político desmejorando la vida del conjunto de su población, afectan prácticamente al conjunto de los Derechos Humanos de ella. Sin embargo, podemos señalar que son particularmente dañados, entre otros,  el derecho a la Seguridad Social, previsto en el Artículo 22 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre de la Organización de las Naciones Unidas: 

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Las medidas coercitivas unilaterales afectan asimismo el derecho al trabajo, consagrado en el Artículo 23 de dicha Declaración:  

1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.

3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada en caso necesario, por cualesquiera otros medio de protección social.

4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

     En cuanto estrategias dirigidas a infligir daño al conjunto de la población, las medidas coercitivas unilaterales afectan asimismo el derecho a la calidad de la vida y a la seguridad social, previstos en los artículos 24 y 25 ejusdem:

Artículo 24.

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25.

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Al procurar la merma crítica de los ingresos públicos y del nivel de vida, las medidas coercitivas perjudican asimismo el derecho  a la educación y a la cultura, reconocidos en los artículos 26 y 27 de la Declaración mencionada:

Artículo 26.

1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27.

1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

En fin, al atentar masivamente contra los derechos de toda una población con medidas coercitivas ilegítimas, los países agresores hacen urgente que se cumpla con lo dispuesto en los artículos 28  y 30 de la citada Declaración Universal de los Derechos del Hombre de la Organización de las Naciones Unidas:

Artículo 28.

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 30.

Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o a realizar actos tendentes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

 

¿Puede dar ejemplos de violación de  derechos particulares por sanciones unilaterales?

 

   -Desde el siglo pasado la principal víctima de todo conflicto ha sido la población civil, vale decir, los particulares y sus derechos. Para victimizarla, contra Venezuela desata Estados Unidos el latrocinio masivo. Informa Últimas Noticias el 24 de mayo de 2019 que a instancias de EEUU medio centenar de bancos extranjeros nos han bloqueado cuentas por 5.470.030.645 dólares. Apoyado por dicho país, un supuesto presidente elegido por nadie  pilla las instalaciones venezolanas de la petrolera Citgo. La Red en Defensa de la Humanidad  acoge la cifra de  US$ 117.110 millones de  pérdidas económicas causadas por el ataque criminal de EEUU contra el pueblo venezolano, suficientes para  la importación de alimentos y medicamentos por 26 años para toda la población. En su Informe  "Sanciones Económicas como castigo colectivo: El caso de Venezuela",  estiman Mark Weisbrot y Dean Baker  que las víctimas fatales del bloqueo contra Venezuela son más de 40.000. El canciller Jorge Arreaza cita  la cifra sin refutarla. El cálculo se basa en  supuestos incrementos de la tasa de defunciones no atribuibles a ninguna otra causa. Pero éstos no se fundan en cifras oficiales, sino en  estimaciones de dos ONG’S privadas, que carecen de medios para llevar  registros detallados sobre la materia, y que podrían estar influidas por el plan opositor de fingir que en Venezuela habría una crisis humanitaria, para  legitimar la intervención y desintegración del país. En todo caso, es obvio que las medidas coercitivas unilaterales destinadas a impedir que Venezuela venda sus productos en el exterior o pueda comprar insumos en él, más la apropiación ilegítima de sus activos en el extranjero, producen graves efectos económicos que se traducen en violación de derechos humanos.

   Otro conjunto de ejemplos significativos los aporta el comunicador y analista internacional  Maurice Lemoine en texto publicado el  7 de agosto de 2020 que no tiene pérdida:

“Por un lado, 6 millones de familias se benefician de productos subvencionados garantizados por el gobierno, a pesar de las enormes dificultades causadas por el bloqueo económico y financiero. Porque, por otro lado, el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos acaba de sancionar a una docena de compañías navieras por ofrecer sus servicios a la industria petrolera del "dictador Maduro"xi, está presionando a empresas, armadores, compañías de seguros, autoridades portuarias de todo el mundo, empujándolas a alejarse de cualquier transacción con el país "paria". Desde 2017, muchas instituciones financieras han cerrado cuentas venezolanas, temiendo represalias de Washington por "lavado de dinero". La empresa mexicana Libre Abordo declara su bancarrota, forzada por Estados Unidos a detener su actividad: el intercambio de alimentos y otros productos básicos por petróleo venezolano. Miles de millones de dólares en activos que Caracas posee fuera (Estados Unidos, Colombia, Europa) son simplemente saqueados por las pandillas de Trump y Guaidó. Desde el 22 de junio, la corte británica de Justicia está examinando a quién, entre Maduro y Guaidó, devolverá más de mil millones de dólares de oro almacenados en las arcas del Banco de Inglaterra y pertenecientes a Venezuela. El poder legítimo lo ha estado exigiendo desde 2018 (es decir, mucho antes de la invención del "presidente marioneta") - y ahora más que nunca, por "razones humanitarias"xii…Jueves, 9 de julio de 2020(https://www.alainet.org/es/articulo/208346)

  Y para continuar aportando ejemplos particulares, nos referimos a la situación de niños venezolanos con graves enfermedades crónicas internados en diversos centros, entre otros  el Hospital Italiano de Buenos Aires. El gobierno de Venezuela costeaba sus complejos tratamientos con recursos suministrados a la  Fundación Simón Bolívar  provenientes de la empresa venezolana Citgo, situada en Estados Unidos. La presidenta de la Fundación Latinoamericana por los Derechos Humanos y el Desarrollo Social (Fundalatin),   Virginia King, advirtió el 12 de octubre de 2020 que el bloqueo estadounidense de los fondos de Citgo impedía costear los tratamientos. En Venezuela fallecieron cuatro menores a  comienzos de ese año en espera de trasplantes de médula, por la misma causa. “El programa de salud con Italia (para hacer trasplantes) se ejecutaba a través de CITGO (empresa refinadora de petróleo), confiscada por EEUU. Venezuela envió los fondos a través de PDVSA y fueron retenidos en Novo Banco, Portugal, gracias a las sanciones y el bloqueo criminal”, publicó en Twitter el canciller venezolano Jorge Arreaza el 27 de mayo. La presidenta de  la sección venezolana de Fundalatin, María Eugenia Russián advirtió que el 90% de los niños con enfermedades crónicas en Venezuela están en peligro de muerte debido al bloqueo de Estados Unidos. (https://www.aa.com.tr/es/mundo/-qu%C3%A9-hay-detr%C3%A1s-de-las-muertes-de-ni%C3%B1os-venezolanos-a-la-espera-de-trasplantes-de-m%C3%A9dula-%C3%B3sea/1493600).

    Se trata, como se nos ha solicitado, de ejemplos particulares; pero a través de ellos puede columbrarse lo sucedido a consecuencia de más de un quinquenio de bloqueo y de latrocinio de bienes venezolanos en el exterior.