domingo, 28 de enero de 2024

Gaza / Israel: la ordenanza de la Corte Internacional de Justicia (CIJ)

 viernes, 26 de enero de 2024

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto : nboeglin@gmail.com.

https://derechointernacionalcr.blogspot.com/2024/01/gaza-israel-ordenanza-de-la-corte.html

Nota del autor: una versión en francés de este texto está igualmente disponible

Este 26 de enero del 2024, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) dio a conocer su ordenanza, repondiendo a la solicitud urgente de medidas provisionales interpuesta por Sudáfrica contra Israel el pasado 29 de diciembre del 2023: el texto de la ordenanza puede ser consultado en este enlace en francés y en inglés.

Cabe advertir desde ya que esta ordenanza es una decisión preliminar de carácter ugente del juez de La Haya, distinta a la sentencia o fallo sobre el fondo, que se tomará tan solo dentro de unos años por parte del juez de La Haya.

Breve puesta en contexto

La petitoria final de Sudáfrica sobre las medidas provisionales de carácter urgente figura en las páginas 83-84 de su intervención ante los jueces de La Haya realizada el pasado 11 de enero y consta de un total de 9 puntos (véase texto). Por su parte, las conclusiones finales de Israel pidiendo desestimar y archivar esta solicitud se encuentran en la página 75 de su intervención ante los jueces realizada el 12 de enero del 2024 (véase texto). 

Resulta de interés señalar que durante estas audiencias realizadas los días11-12 de enero, Chile envió a su máximo representante en La Haya  y lo hizo ver mediante un documento circulado por su aparato diplomático (véase comunicado oficial del 11 de enero). Menos de una semana después, conjuntamente con México, Chile solicitó a otra instancia jurisdiccional con sede en La Haya, la Corte Penal Internacional (CPI) la remisión urgente de la situación en Gaza a la Oficina del Fiscal de la CPI (véase comunicado oficial de Chile y comunicado de México, ambos del 18 de enero del 2024): tuvimos oportunidad de analizar en detalle ambos comunicados (Nota 1), planteando de paso la inacción observada por parte de los demás 122 Estados Partes al Estatuto de Roma.

El contenido de la ordenanza de la CIJ en breve

En el texto de su ordenanza dada a conocer este 26 de enero (parte dispositiva tomada con 15 votos a favor en su casi totalidad, párrafo 86), la CIJ declara que: 

"1) Par quinze voix contre deux, 

L’État d’Israël doit, conformément aux obligations lui incombant au titre de la convention pour la prévention et la répression du crime de génocide, prendre toutes les mesures en son pouvoir pour prévenir la commission, à l’encontre des Palestiniens de Gaza, de tout acte entrant dans le champ d’application de l’article II de la convention, en particulier les actes suivants : 

a) meurtre de membres du groupe ; 

b) atteinte grave à l’intégrité physique ou mentale de membres du groupe ; 

c) soumission intentionnelle du groupe à des conditions d’existence devant entraîner sa destruction physique totale ou partielle ; et 

d) mesures visant à entraver les naissances au sein du groupe ; 

2) Par quinze voix contre deux, 

L’État d’Israël doit veiller, avec effet immédiat, à ce que son armée ne commette aucun des actes visés au point 1 ci-dessus ; 

3) Par seize voix contre une, 

L’État d’Israël doit prendre toutes les mesures en son pouvoir pour prévenir et punir l’incitation directe et publique à commettre le génocide à l’encontre des membres du groupe des Palestiniens de la bande de Gaza ; 

4) Par seize voix contre une, 

L’État d’Israël doit prendre sans délai des mesures effectives pour permettre la fourniture des services de base et de l’aide humanitaire requis de toute urgence afin de remédier aux difficiles conditions d’existence auxquelles sont soumis les Palestiniens de la bande de Gaza ; 

5) Par quinze voix contre deux, 

L’État d’Israël doit prendre des mesures effectives pour prévenir la destruction et assurer la conservation des éléments de preuve relatifs aux allégations d’actes entrant dans le champ d’application des articles II et III de la convention pour la prévention et la répression du crime de génocide commis contre les membres du groupe des Palestiniens de la bande de Gaza ; 

6) Par quinze voix contre deux, 

L’État d’Israël doit soumettre à la Cour un rapport sur l’ensemble des mesures qu’il aura prises pour donner effet à la présente ordonnance dans un délai d’un mois à compter de la date de celle-ci. ..

(1) By fifteen votes to two, 

The State of Israel shall, in accordance with its obligations under the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide, in relation to Palestinians in Gaza, take all measures within its power to prevent the commission of all acts within the scope of Article II of this Convention, in particular: 

(a) killing members of the group; 

(b) causing serious bodily or mental harm to members of the group; 

(c) deliberately inflicting on the group conditions of life calculated to bring about its physical destruction in whole or in part; and 

(d) imposing measures intended to prevent births within the group;

(2) By fifteen votes to two, 

The State of Israel shall ensure with immediate effect that its military does not commit any acts described in point 1 above ; 

(3) By sixteen votes to one, 

The State of Israel shall take all measures within its power to prevent and punish the direct and public incitement to commit genocide in relation to members of the Palestinian group in the Gaza Strip ; 

(4) By sixteen votes to one, 

The State of Israel shall take immediate and effective measures to enable the provision of urgently needed basic services and humanitarian assistance to address the adverse conditions of life faced by Palestinians in the Gaza Strip; 

(5) By fifteen votes to two, 

The State of Israel shall take effective measures to prevent the destruction and ensure the preservation of evidence related to allegations of acts within the scope of Article II and Article III of the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide against members of the Palestinian group in the Gaza Strip; 

(6) By fifteen votes to two, 

The State of Israel shall submit a report to the Court on all measures taken to give effect to this Order within one month as from the date of this Order". 

 De algunos detalles de interés

Resulta muy inusual que la Presidenta de la CIJ refiera expresamente, en el resumen de una decisión como la ordenanza leída este 26 de enero del 2024,  al contenido de declaraciones oficiales, como las declaraciones israelíes escalofriantes oídas desde el pasado 7 de octubre: en la gestual extremadamente formal y a veces  muy parsimoniosa de los jueces de la CIJ, este primer detalle no ha pasado desapercibido para muchos de los observadores internacionales.  Tratándose además de una magistrada oriunda de los Estados Unidos, esta señal enviada desde la Presidencia del máximo órgano judicial de Naciones Unidas puede considerarse particularmente clara. 

Como se recordará la solicitud de Sudáfrica planteaba como primer punto (de los 9 que contenía su solicitud) el ordenar un cese al fuego inmediato, tal y como tuvimos la oportunidad de analizarlo en una nota anterior cuando presentó su demanda en diciembre del 2023 (Nota 2). La dificultad consistía para los jueces de La Haya en ordenar un cese al fuego entre dos bandos, con uno solo sentado en el banquillo del Peace Palace de La Haya. Un cese al fuego por definición aplica para dos contendores, y no uno.  

La CIJ no acogió esta solicitud de manera expresa. Algunos juristas podrían interpretar que la CIJ deja entonces a Israel la posibilidad de continuar sus acciones militares en Gaza, las cuales ya han causado la muerte de casi  26.000 personas y herido a más de 64.000 según el último informe de situación de Naciones Unidas al 25 de enero (véase informe). No obstante, el inciso 2 del párrafo operativo 86 viene a restringir esta interpretación literal, al señalar la CIJ que hay una inmediatez ordenada a Israel:

"(2)L’État d’Israël doit veiller, avec effet immédiat, à ce que son armée ne commette aucun des actes visés au point 1 ci-dessus  /.../  The State of Israel shall ensure with immediate effect that its military does not commit any acts described in point 1 above ; 

Es de notar que con relación a una solicitud similar pero no idéntica proveniente de Ucrania en febrero del 2022, esta misma solicitud de cese de operaciones militares sí había sido acogida de manera expresa  en la ordenanza del 16 de marzo del 2022 adoptada por la CIJ (véase texto   de la ordenanza, párrafo 86 inciso 1, adoptado con 13 votos a favor y 2 en contra): pero se trataba de un Estado objeto de una agresión militar exigiendo a la CIJ ordenar inmediatamente el cese de la agresión por parte de otro Estado.

Por otro lado, Sudáfrica solicitaba que la CIJ ordenara a Israel permitir la entrada de misiones internacionales de investigaciones en Gaza (más conocidas como "fact finding missions"). El punto 7 de su petitoria indicaba en efecto que:

"(7) The State of Israel shall take effective measures to prevent the destruction and ensure the preservation of evidence related to allegations of acts within the scope of Article II of the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide; to that end, the State of Israel shall not act to deny or otherwise restrict access by fact-finding missions, international mandates and other bodies to Gaza to assist in ensuring the preservation and retention of said evidence".

La CIJ no acogió esta petitoria: en el punto 5 del precitado párrafo 86 ordena únicamente a Israel proceder a evitar la destrucción de indicios de actos cubiertos por la Convención contra el Genocidio de 1948.

No obstante estos dos puntos de importancia que no fueron expresamente contemplados por los jueces de la CIJ en su ordenanza, los puntos 1,2,3,4,5 y 6 de su decisión leída este 26 de enero del 2024 dejan entrever que actos cometidos por Israel en Gaza desde la tarde /noche del 7 de octubre sí interesan disposiciones de la Convención contra el Genocidio de 1948: lo cual constituye en sí una señal muy significativa y debería interpelar en Israel (así como fuera) a muchos decisores sobre la forma tan peculiar que tiene Israel de llevar a cabo sus operaciones militares en Gaza. 

En el párrafo 54 de la ordenanza de este 26 de enero del 2024 se lee que:

" 54. La Cour est d’avis que les faits et circonstances mentionnés ci-dessus suffisent pour conclure qu’au moins certains des droits que l’Afrique du Sud revendique et dont elle sollicite la protection sont plausibles. Il en va ainsi du droit des Palestiniens de Gaza d’être protégés contre les actes de génocide et les actes prohibés connexes visés à l’article III et du droit de l’Afrique du Sud de demander qu’Israël s’acquitte des obligations lui incombant au titre de la convention.

.54. In the Court’s view, the facts and circumstances mentioned above are sufficient to conclude that at least some of the rights claimed by South Africa and for which it is seeking protection are plausible. This is the case with respect to the right of the Palestinians in Gaza to be protected from acts of genocide and related prohibited acts identified in Article III, and the right of South Africa to seek Israel’s compliance with the latter’s obligations under the Convention"

Al tiempo que en el párrafo 59 la CIJ dictamina que:

"59. La Cour considère que, par leur nature même, certaines au moins des mesures conservatoires demandées par l’Afrique du Sud visent à préserver les droits plausibles qu’elle invoque sur le fondement de la convention sur le génocide en la présente affaire, à savoir le droit des Palestiniens de Gaza d’être protégés contre les actes de génocide et les actes prohibés connexes visés à l’article III et le droit de l’Afrique du Sud de demander qu’Israël s’acquitte des obligations lui incombant au titre de la convention. En conséquence, il existe un lien entre les droits revendiqués par la demanderesse que la Cour a jugés plausibles et au moins certaines des mesures conservatoires sollicitées.../..

59. The Court considers that, by their very nature, at least some of the provisional measures sought by South Africa are aimed at preserving the plausible rights it asserts on the basis of the Genocide Convention in the present case, namely the right of the Palestinians in Gaza to be protected from acts of genocide and related prohibited acts mentioned in Article III, and the right of South Africa to seek Israel’s compliance with the latter’s obligations under the Convention. Therefore, a link exists between the rights claimed by South Africa that the Court has found to be plausible, and at least some of the provisional measures requested". 

La ofensiva militar israelí en Gaza: algunas interrogantes

Desde un estricto punto de vista militar,  la "estrategia" de Israel plantea serias interrogantes, al no haber alcanzado ninguno de sus objetivos militares después de más de 110 días de intensos bombardeos en Gaza: los rehenes israelíes siguen sin ser localizados, escondidos en alguna parte en Gaza con sus custodios; al tiempo que los principales mandos militares del Hamás siguen en vida y su estructura militar pareciera resistir al asedio total que Israel inflige diariamente a Gaza con sus bombardeos. Los numerosos escombros de inmuebles en Gaza constituyen ahora escóndites muy útiles para los combatientes del Hamás en sus operaciones contra las fuerzas militares israelíes. Un especialista francés en asuntos militares y connotado comentarista, recientemente escribió en su blog que:

"La situation sur la bande de Gaza est parfaitement désespérante. D’un côté, le gouvernement israélien annonce régulièrement qu’il va enfin sortir de cette opération dévastatrice dont le bilan est parfaitement catastrophique. Mais dans la réalité, rien ne change à ce stade où chaque jour renouvelle son lot de bombardements qui dévastent littéralement la bande de Gaza./../

Dans la partie Nord, censée avoir été nettoyée (c’est le terme militaire) par l’armée israélienne, les unités de Tsahal sont régulièrement harcelées par des miliciens qui ont fait des décombres leur refuge. Dans la partie Sud, l’armée affirme vouloir réduire le « quartier général stratégique » du Hamas qui se situerait à Khan Younes, après avoir été vainement cherché à Gaza même puis sous l’hôpital Al Shifa, un QG fantôme qui ne justifie en aucun cas les bombardements opérés sur l’ensemble de la bande de Gaza.  /.../

Si cette opération déclenchée par le gouvernement Netanyahou contre la bande de Gaza continue, le risque d’escalade régional est avéré et le risque pour l’avenir d’Israël est constitué. Il appartient aux alliés d’Israël et à toutes les sociétés qui comprennent que la paix ne se construit pas dans la vengeance, de l’obliger désormais à sortir de cette impasse sanglante et de construire sur ces décombres inutiles l’avenir et la stabilité de cette région" (Nota 3).

Una ordenanza de la CIJ que lanza un llamado a la acción

Al haber Sudáfrica invocado la Convención contra el Genocidio de 1948 como base de competencia para interponer su demanda contra Israel el pasado 29 de diciembre,  la CIJ tenía limitado su ámbito de acción, procediendo a verificar únicamente si las evidencias probatorias presentadas por Sudáfrica eran de recibo (o no) y si guardaban alguna relación (o no) con las disposiciones de este instrumento multilateral.  El sútil equilibrio que la CIJ imprime tradicionalmente a sus decisiones no pareciera esta vez haberse verificado del todo.

Al señalar en su ordenanza que sí existe esta relación, que es plausible que Israel esté violando disposiciones de este instrumento, y al ordenarle a Israel varias de las medidas provisionales solicitadas por Sudáfrica, el equipo legal de Sudáfrica puede sentirse muy satisfecho por la labor realizada.

Esta ordenanza de la CIJ también interpela de ahora en adelante al resto de la comunidad internacional para idear cómo frenar de manera significativa a un Estado cuyas máximas autoridades parecieran decididas a llevar a cabo una operación militar punitiva contra la población civil de Gaza, en represalia al ataque sufrido en la mañana del 7 de octubre perpetrado en territorio israelí por parte del Hamás. 

Es  muy probable que, ordenanza de la CIJ en mano, Estados, sea a título individual o colectivo, se planteen algunas interrogantes muy válidas:

-¿se puede seguir manteniendo relaciones diplomáticas, económicas "normales" con un Estado al que la CIJ señala que puede estar violando varias disposiciones de una emblemática convención como la Convención contra el Genocidio de 1948?

-¿se puede seguir exportando armas y municiones, componentes electrónicos con fines militares a un Estado que está demostrando no saberlos usar correctamente, con bombardeos indiscriminados y desproporcionales y una deliberada política de destrucción total?

-¿se puede seguir manteneniendo relaciones en el ámbito académico, en materia de cooperación técnica y científica, con un Estado que desde la tarde/noche del 7 de octubre destruye de manera intencional y deliberada escuelas, centros educativos superiores, y universidades en Gaza, aniquilando proyectos de vida de muchos jóvenes palestinos?

Por su parte, es muy probable que, también con la ordenanza de la CIJ en sus respectivas carpetas, los integrantes del Consejo de Seguridad, de la Asamblea General  y de otras instancias de Naciones Unidas opten por nuevas iniciativas. 

En cuanto a la Oficina del Fiscal de la CPI (que se ha mostrado hasta ahora bastante distante con el drama cotidiano que se vive en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre), alguna declaración de su parte permitiría encausar acciones y materializarlas, de cara a establecer la responsabilidad penal individual de varios altos mandos israelíes:  es lo que diversos sectores en Europa buscan realizar, en particular desde Francia y Bélgica (Nota 4).

En su comunicado oficial (véase texto) acogiendo con beneplácito la  ordenanza de la CIJ, se lee por parte de Sudáfrica que:

"The United Nations Security Council will now be formally notified of the Court’s order pursuant to Article 41(2) of the Court’s Statute. The veto power wielded by individual states cannot be permitted to thwart international justice, not least in light of the ever-worsening situation in Gaza brought about by Israel’s acts and omissions in violation of the Genocide Convention. Third States are now on notice of the existence of a serious risk of genocide against the Palestinian people in Gaza. They must, therefore, also act independently and immediately to prevent genocide by Israel and to ensure that they are not themselves in violation of the Genocide Convention, including by aiding or assisting in the commission of genocide. This necessarily imposes an obligation on all States to cease funding and facilitating Israel’s military actions, which are plausibly genocidal ".

A modo de conclusión

No está de más señalar que los argumentos elaborados por la defensa de Israel, acompañados por esfuerzos inusuales por parte de algunos grandes medios de comunicación, no tuvieron mayor impacto en los jueces de la CIJ: esta ordenanza se tomó con un voto contudente de 16 contra uno (siendo el juez ad hoc israelí la única voz en contra), o  en algunas partes del párrafo dispositivo 86, con 15 contra 2 (siendo la jueza oriunda de Uganda la otra voz discordante observada, que consideró oportuno emitir una opinión disidente). Cabe precisar que el juez ad hoc de Israel sí votó en favor de los puntos 3 y 4 del precitado párrafo operativo 86, dejando a la juez titular oriunda de Uganda votar de manera solitaria en contra, lo cual plantea algunas interrogantes muy válidas (Nota 5). 

Con relación a Israel, es de esperarse a reacciones iracundas contra los jueces de la CIJ por parte de sus máximas autoridades, las cuales ya no deben impresionar mayormente. En una nota reciente, ya tuvimos la oportunidad de señalar que:

"Israel deberá entonces ponderar si se arriesga a no acatarla o si cesa sus acciones militares en Gaza. El descrédito generalizado de su accionar en Gaza ha ido en aumento desde el pasado 7 de octubre, y colocarse en abierto desafío al máximo órgano judicial dentro del organigrama de Naciones Unidas conllevaría consecuencias, en particular para algunos de sus aliados más cercanos".

Con relación a medidas provisionales ordenadas por la CIJ y posteriormente ignoradas por un Estado, recientemente tuvimos la ocasión de observar  el irrespeto a las medidas ordenadas contra Rusia por parte de la CIJ en el mes de marzo del 2022, solicitadas por Ucrania (véase ordenanza del 16 de marzo del 2022). 

El conjunto de sanciones tomadas en contra de Rusia y que se reforzaron al no acatar Rusia lo establecido por el juez internacional a partir de marzo del 2022, interpelará probablemente a muchos en Europa, Estados Unidos y Canadá con relación a un eventual desacato por parte de Israel a la ordenanza de la CIJ leída este 26 de enero del 2024.---

Nota 1:  Véase BOEGLIN N., "Gaza /  Israel: a propósito del  anuncio de remisión conjunta de México y de Chile a la Corte Penal Internacional (CPI)", editada el 18 de enero del 2024, y disponible aquí.

Nota 2: Véase BOEGLIN N., ""Gaza / Israel: a propósito de la reciente demanda interpuesta por Sudáfrica ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)", editada el 29 de diciembre del 2023 y disponible aquí.

 Nota 3: Véase ANCEL G."L’Ukraine oblige l’Europe à se réveiller tandis qu’Israël sombre dans le déni", Ne pas subir, Blog de Guillaume Ancel, édición del 20 de enero del 2024, disponible aquí.

Nota 4: En el caso de Francia, una propuesta del Senado circula desde el 5 de enero del 2024 (véase texto de la "proposition de résolution") llamando a Francia a solicitar a la CPI e invitando en particular "... le Gouvernement à inclure dans ce renvoi une demande de saisine de la Chambre préliminaire aux fins que soient délivrés des mandats d’arrêt à l’encontre de M. Benyamin Netanyahou et de toute autre personne impliquée, selon l’évolution de l’enquête" (página 28).  Cabe señalar además una declaración conjunta de profesores belgas de derecho internacional público  (véase texto) con fecha del 13 de noviembre del 2023, indicando: "5. Compte tenu du risque de génocide, l’obligation de le prévenir, due conformément à la Convention de 1948 pour la prévention et la répression du crime de génocide, est dès à présent déclenchée". Esta declaración hecha en nombre de la Société Belge pour le Droit International (SBDI) denota una sensibilidad mucho mayor a la de otras sociedades europeas de derecho internacional público. Salvo error de nuestra parte, solamente se registra, anteriores al texto de la SBDI, esta declaración de expertos españoles en derecho internacional público y relaciones internacionales (véase texto) y esta otra adoptada en nombre de la Società Italiana di Diritto Internazionale (SIDI) el 13 de octubre del 2023

Nota 5: En esta interesante recopilación de opiniones de diversos especialistas reunidas por el sitio Just Security luego de leida la ordenanza de la CIJ, se lee que para una experta norteamericana consultada (Rebecca Hamilton) sobre tan peculiar posición de la jueza de Uganda que: " She goes on to refute several of the prerequisites for provisional measures including, most significantly, disagreeing that acts allegedly committed by Israel plausibly fall within the scope of the Genocide Convention. This is striking given the very low threshold of the “plausibility” standard, and the fact that the rest of the bench, including Barak,[1] concluded that all the prerequisites to provisional measures were satisfied".  -

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lunes, 22 de enero de 2024

EL PAPEL DE ESTADOS UNIDOS EN LA CRISIS DE GAZA

 Por Bernie Sanders*


Han pasado más de 100 días desde que empezó esta guerra, con el 
espantoso ataque terrorista de Hamas que dio muerte a mil 200 
israelíes inocentes y capturó más de 200 rehenes, de los cuales más de 
un centenar siguen cruelmente retenidos en cautiverio.

Y si bien en mi mente no hay duda de que Israel tiene el derecho de 
defenderse y de ir a la guerra con Hamas, organización que empezó esta 
terrible situación, no tiene el derecho de ir a la guerra contra todo 
el pueblo palestino y contra hombres, mujeres y niños inocentes en 
Gaza. Trágicamente, eso es lo que estamos viendo.

Como todos sabemos, la campaña militar lanzada por el derechista 
gobierno de Netanyahu ha conducido a una destrucción masiva y a un 
extenso daño civil. Hasta ahora ha sido, con mucho, la campaña de 
bombardeos más intensiva del siglo XXI. Y, como el presidente Biden ha 
dicho repetidas veces, y la prensa y observadores de derechos humanos 
han documentado exhaustivamente, este bombardeo ha sido en gran medida 
indiscriminado.

Los resultados de esta campaña de bombardeos han sido catastróficos. 
Desde el 7 de octubre, más de 24 mil palestinos han muerto por las 
bombas israelíes y más de 60 mil han sido lesionados. De esas 
víctimas, 70 por ciento han sido mujeres y niños. Se cree que miles 
más están sepultados bajo los escombros de edificios destruidos en Gaza.

Desde el principio de esta guerra, 1.9 millones de hombres, mujeres y 
niños palestinos han sido expulsados de sus hogares: 85 por ciento de 
la población total de Gaza. ¡Ni siquiera saben si podrán regresar a 
sus hogares! Son personas empobrecidas que no tienen idea de cuál será 
su futuro o si alguna vez podrán volver a sus casas.

Naciones Unidas reporta que más de 234 mil unidades habitacionales han 
sido dañadas y más de 46 mil hogares completamente destruidos en Gaza, 
que representan casi 70 por ciento de la vivienda disponible, cifra 
confirmada por el análisis académico de datos de radar por satélite. 
Eso significa, y esta es una realidad increíble, que la devastación de 
Gaza después de 100 días ha sobrepasado la destrucción de Dresde 
durante la Segunda Guerra Mundial, donde la mitad de los hogares 
fueron destruidos, y es mucho más que el daño en docenas de otras 
ciudades alemanas sometidas a años de bombardeos durante esa guerra.

Hoy día, no sólo la gran mayoría de pobladores de Gaza están sin 
hogar, sino que también carecen de comida, agua, suministros médicos y 
combustible. Un informe reciente de Naciones Unidas indica que la 
mitad de la población, de unos 2.2 millones, están en riesgo de morir 
de hambre y 90 por ciento declaran que regularmente pasan todo un día 
sin probar alimento. Luego los papás hacen esfuerzos extraordinarios 
para asegurarse de que los niños coman primero. El economista en jefe 
del Programa Mundial de Alimentos señaló que el desastre humanitario 
en Gaza está entre los peores que ha visto. Grupos de ayuda advierten 
que en las próximas semanas toda la población podría padecer hambre.

Hoy, cientos de miles de niños en Gaza, niños inocentes, mueren de 
hambre ante nuestros ojos. No podemos continuar mirando hacia otro 
lado. Debemos actuar.

Trágicamente, pese a los esfuerzos de la ONU y otros, pese a la 
creciente crisis humanitaria que estamos viendo, en realidad se ha 
vuelto más difícil llevar ayuda a la gente que la necesita. Los grupos 
de ayuda dicen que el acceso humanitario se deterioró en enero, en 
comparación con diciembre. Los camiones cruzan la frontera con 
demasiada lentitud, en un número demasiado bajo, pero ni siquiera esos 
camiones pueden ir más allá de la zona fronteriza inmediata porque los 
israelíes no los dejan avanzar con seguridad.

Esa es la situación que tenemos ahora. Trabajadores humanitarios que 
han pasado décadas sirviendo en zonas de guerra afirman que esta 
catástrofe va más allá de cualquier cosa que hayan visto antes.

Dios sabe que en todo el mundo se suscitan tragedias. Esta es una 
tragedia en la que nosotros, Estados Unidos, somos cómplices. Mucho de 
lo que sucede ahora se hace con armas y equipo estadunidenses. En 
otras palabras, nos guste o no, Estados Unidos es cómplice en la 
pesadilla que millones de palestinos están experimentando.

El Wall Street Journal informó el 1º de diciembre que Estados Unidos 
ha proporcionado por lo menos 15 mil bombas y 57 mil proyectiles de 
artillería a Israel, entre ellos, más de 5 mil 400 bombas enormes de 
mil kilogramos, capaces de destruir vecindarios enteros.

El Washington Post informó que, en sólo seis semanas después del 7 de 
octubre, Israel arrojó sobre Gaza más de 22 mil bombas suministradas 
por Estados Unidos. CNN reportó que casi la mitad de esas bombas eran 
de las llamadas bombas tontas, que no son guiadas.

Allí es donde estamos hoy. Han muerto 24 mil palestinos en Gaza, de 
los cuales, dos tercios son mujeres y niños, y otros 60 mil han sido 
heridos; 70 por ciento de la vivienda disponible ha sido dañada o 
destruida, y casi 2 millones de personas intentan sobrevivir con 
reservas inadecuadas de comida, agua, suministros médicos o 
combustible. La situación humanitaria se agrava por momentos. Cientos 
de miles de niños están en riesgo de morir de hambre.

Dada la escala de la destrucción y el uso extenso de armas 
estadunidenses en esta campaña, el Congreso debe actuar. Debemos 
asegurar que la ayuda estadunidense se utilice de acuerdo con los 
derechos humanos internacionales y nuestras propias leyes.

La verdad es que, desde ese terrible 7 de octubre en que Hamas atacó a 
Israel, el Senado ha tenido muy pocos debates significativos con 
respecto a esta guerra, pese a la horrible cifra de daños y a la 
profunda preocupación de muchos estadunidenses. Hemos aprobado 
resoluciones simbólicas, pero no hemos considerado una sola medida que 
lidie con la destrucción sin precedente, la crisis humanitaria o el 
uso de armas estadunidenses en una campaña militar que ha dejado 
tantos muertos, heridos y desplazados.


* Este artículo se compone de extractos de un discurso del senador 
independiente Sanders en el pleno del Senado, uno de los pocos 
disidentes públicos en la cámara alta respecto a la política 
estadunidense en Medio Oriente.

Traducción: Jorge Anaya

sábado, 20 de enero de 2024

GENOCIDIO Y DOLARIZACIÓN

 Luis Britto García

GENOCIDIO EN GAZA


1

El 29 de diciembre, mientras los habitantes de Gaza se preparaban para recibir el que quizá fuera el más desdichado Año Nuevo de sus vidas, juristas de Sudáfrica presentaban ante la Corte Internacional de Justicia en la Haya una demanda contra Israel por la comisión de actos tipificados en la Convención de Naciones Unidas para la prevención y sanción de crímenes de genocidio, y adoptada por la Asamblea General de dicha organización en 1948.

2

No es casual que la iniciativa parta de Sudáfrica, colonia de británicos y neerlandeses instalada en el Continente Negro en 1901, quienes en 1948 impusieron jurídicamente el régimen de apartheid: separación de la población en sitios diferentes y con derechos distintos de acuerdo con su condición étnica. Tras denodada lucha,  Sudáfrica se independizó y se libró del apartheid en 1991. Pero no ha olvidado lo que significan el exterminio de pueblos y el racismo.  

3

Según el artículo II de la citada norma, “En la presente Convención, se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal: a) Matanza de miembros del grupo; b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo; c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo; e) Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo”.

4

Estos actos se cometen diaria e impunemente en Gaza ante los ojos del mundo, son difundidos por la mayoría de las agencias noticiosas,  y en la tarea de informar sobre ellos han perdido la vida 119 periodistas. Según sus informaciones, recogidas por la Oficina de Comunicación Social del gobierno de Palestina, desde el 7 de octubre de 2023 hasta el 17 de enero de 2024  en la Franja de Gaza y alrededores las fuerzas armadas de Israel perpetran actos “con la intención de destruir, total o parcialmente, al grupo nacional, étnico, racial y religioso” de los pobladores originarios palestinos.  Dichos actos consisten en A) Matanza o desaparición de 31,620 inocentes, de los cuales 10.800 son niños y 7.258 mujeres, obviamente no combatientes. B) Lesiones graves a la integridad física y mental del grupo, en virtud de las cuales  24.620 civiles inocentes requieren hospitalización; 11.000 están en tal estado de gravedad que para tratarlos deben salir de Gaza y  61.830 presentan  infecciones como consecuencia de heridas, CSometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial: Los bombardeos y asaltos contra núcleos de población y su ocupación violenta, acompañados del corte de suministro alimentos, medicinas, agua y electricidad,  han causado el desplazamiento forzoso de arriba de millón y medio de personas; de las cuales 400.000 presentan enfermedades infecciosas, 350.000 pacientes crónicos están en estado de riesgo por falta de medicinas y equipos; 10.000 pacientes de cáncer están en igual situación. D) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo60.000 mujeres embarazadas están en riesgo por carencia de viviendas,  alimentos, medicinas y falta de acceso a atención médica, situación ocasionada por los invasores  al destruir 30 hospitales, 53 centros de salud,  asesinar 337 médicos y personal del área de la salud y 45 miembros de protección civil. E) Traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo: Una operación de despoblación y desplazamiento masivo que afecta a cerca de millón y medio  de personas implica el traslado por la fuerza de niños y menores, todos en situación precaria y muchos en casi total desamparo por la pérdida da sus familiares.

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       Estas atrocidades físicas  están acompañadas por actos de agresión cultural que evidencian  la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal”. No otra finalidad puede tener la destrucción completa de 157 mezquitas y el desmantelamiento parcial de 246 de ellas, así como la demolición  de tres iglesias cristianas. La aniquilación cultural está asimismo detrás de la destrucción total de  138 oficinas gubernamentales y 97 escuelas y universidades, así como del desmantelamiento parcial de 295 centros de enseñanza y de dos centenares de centros arqueológicos y patrimoniales.

      Una nación es el acuerdo de un grupo humano acerca de la necesidad compartir y  preservar   un conjunto de valores y de rasgos culturales. La destrucción sistemática de instituciones educativas, culturales y religiosas es intento de aniquilación de un grupo nacional.

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        Según el artículo III de la referida Convención,  “serán castigados los actos siguientes: a) El genocidio; b) La asociación para cometer genocidio; c) La instigación directa y pública a cometer genocidio; d) La tentativa de genocidio; e) La complicidad en el genocidio”. La responsabilidad por dichos actos abarca asimismo la asociación, la instigación directa y pública, la tentativa y la complicidad. Juzgue el lector si una sola de estas variantes está ausente en la premeditada, despiadada y sistemática aniquilación de un pueblo que avanza en Gaza.

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  Lamentablemente, los veredictos de la Corte Internacional de Justicia carecen de efectos prácticos por cuanto no existe ningún mecanismo para ejecutarlos. Apenas servirán para unirse a la amplia condenatoria de todos estos actos por buena parte del género humano y, bueno es señalarlo, incluso por personas y organizaciones israelitas. La condena moral es ya un principio de justicia. Quien no la apoye, legitima la comisión impune de actos similares en contra de su persona, familiares, allegados  y connacionales.



DOLARIZACIÓN  EN ECUADOR

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Vemos en Ecuador el inevitable proceso  que tarde o temprano sufre todo gobierno que se vende a las políticas neoliberales. Desde el año 2000 en dicho país la moneda oficial es el dólar. Lenin Moreno aprovechó el prestigio acumulado por la brillante administración progresista de Rafael Correa para hacerse elegir como su sucesor; una vez en la presidencia traicionó a su antecesor, se pasó al neoliberalismo y enfrentó una sublevación popular que lo hubiera derrocado de no ser por la defección de la Conaie (Confederación de Naciones Indígenas de Ecuador).

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En la elección del sucesor de Moreno, “Para la segunda vuelta, Pachakutik y la Conaie llamaron al «voto nulo ideológico» con la consigna «Ni Lasso, ni Nebot, ni Correa», tal como reza el cierre del plan de gobierno alternativo «Minga por la vida». El 11 de abril, 16% de la población votó por esta consigna. Se trata del porcentaje más abultado de voto nulo registrado en elecciones presidenciales de segunda vuelta. Un resultado que, según algunos análisis, habría favorecido el triunfo de Lasso”( https://nuso.org/articulo/guillermo-lasso-y-el-laberinto-de-las-izquierdas-ecuatorianas/ ).  Elegido gracias a ello Presidente el banquero Guillermo Lasso, aplicó un programa de intensiva privatización y corrupción  que lo llevó al borde de un juicio político al cual contestó disolviendo la Asamblea Nacional y convocando a nuevas elecciones. Antes de ser obligado a dejar el cargo,  en 2023 logró aprobar una Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia Covid-19”, la cual incluye mecanismos para la regularización de activos en el exterior que posibilitan el lavado de capitales. 

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Su sucesor el  interino Daniel Noboa   declaró que "El narcotráfico es uno de los elementos que favorece al narcoterrorismo, porque no tienen que cambiar billetes, entran dólares y salen dólares, no queda rastro cambiario". Al respecto el economista  Juan Pablo Jaramillo declaró para La Política Online que: "La dolarización es uno más de los factores que hacen atractivo que las bandas criminales operen en Ecuador, porque hace que sea más sencillo lavar dólares"  (https://agenciapacourondo.com.ar/patria-grande/ecuador-la-dolarizacion-favorece-al-narcotrafico). Juan Paz y Miño Cepeda  señala que “Bajo el dogma de reducir el tamaño del Estado, cayeron el gasto y las inversiones estatales, las infraestructuras existentes fueron descuidadas y varias colapsaron, los servicios públicos se derrumbaron, afectando educación, salud y seguridad social. Hay suficientes datos para comprobarlo en CEPAL, FMI, BM, PNUD, OIT y los informes y estadísticas nacionales. ¿Qué opciones tiene un 70% de la población activa ecuatoriana que es pobre, desocupada y subocupada para sobrevivir sin atención ni del Estado ni de la empresa privada?" (www.historiaypresente.com)”.

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Al mismo tiempo, se reabrieron casinos y garitos clausurados;  el sector bancario se transformó en el de más alto crecimiento; la tasa de homicidios, que en tiempo de Rafael Correa bajó a 5 por cien mil habitantes, se quintuplicó en 25;  las bandas criminales crecieron hasta protagonizar un conjunto de motines carcelarios; el gobierno declaró primero el “estado de excepción”, luego el “conflicto armado interno”. Estados Unidos envió a la jefa del Comando Sur, Laura Richardson y a un grupo de generales para preparar la “colaboración” militar con Ecuador, en base a  un acuerdo  con el gobierno de Lasso suscrito  en octubre de 2023 que con la excusa del narcotráfico ejecutaría la intervención militar.

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Después de la victoriosa iniciativa de Rafael Correa de expulsar la base estadounidense de Manta, volvería Ecuador a ser país ocupado por tropas extranjeras inmunes a los tribunales del país, tanto en la base que se prepara en Las Galápagos como en el resto del territorio. Se reviertiría así la Independencía nacional conquistada en la batalla de Pichincha por ejércitos grancolombianos bajo el mando de Antonio José de Sucre. Espejo en el cual deberían mirarse quienes predican privatización y dolarización como panaceas milagrosas a las cuales hay que sacrificar la soberanía.´

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TEXTO/FOTOS: LUIS BRITTO.