viernes, 10 de marzo de 2023

LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN INTERNET (2)

 Intentamos reproducir en este blog el contenido de RESUMEN LATINOAMERICANO  al cual se accede con el siguiente enlace; https://www.resumenlatinoamericano.org/2023/03/09/venezuela-las-cifras-a-8-anos-del-bloqueo/

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Artículo 2

Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 19

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

 


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