miércoles, 24 de julio de 2024

CONCLUSIONES DEL DICTAMEN DE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA SOBRE PALESTINA

1.- Es de la opinión de que la continua presencia del Estado de Israel en el Territorio Palestino Ocupado es ilegal;
2.- Es de la opinión que el Estado de Israel está bajo obligación de poner fin a su presencia ilegal en el Territorio Palestino Ocupado tan pronto como sea posible;
3.- Es de la opinión de que el Estado de Israel está bajo obligación de cesar inmediatamente todas la actividades de colonización nuevas, y de evacuar a todos los colonos del Territorio Palestino Ocupado;
4.- Es de la opinión de que el Estado de Israel tiene la obligación de reparar el daño causado a todas las personas naturales y legales afectadas en el Territorio Palestino Ocupado;
5.- Es de la opinión de que todos los Estados están bajo obligación de no reconocer como legal la situación que emana de la presencia ilegal del Estado de Israel en el Territorio Palestino Ocupado y de no prestar ayuda o asistencia en el mantenimiento de la situación creada por la continua presencia del Estado de Israel en el Territorio Palestino Ocupado;
6.- Es de la opinión de que las organizaciones internacionales, incluyendo a las Naciones Unidas, están bajo obligación de no reconocer como legal la situación que emana de la presencia ilegal del Estado de Israel en el Territorio Palestino Ocupado;
7.- Es de la opinión de que las Naciones Unidas, especialmente la Asamblea General, que solicitó esta opinión, y el Consejo de Seguridad, deberían considerar las modalidades precisas y nuevas acciones requeridas para poner fin, tan pronto como sea posible, a la presencia ilegal del Estado de Israel en el Territorio Palestino Ocupado.